Entre los requisitos para que una farmacia pueda vender mediante comercio electrónico medicamentos que no precisan receta se encuentra el establecimiento de un dominio y alojamiento del servidor en países de la Unión Europea; certificado de seguridad que permita que los datos que introduce el usuario estén cifrados; doble A en accesibilidad del portal web; validación de los sellos de seguridad; información del farmacéutico y sitio físico donde se encuentra su establecimiento y un sistema formalizado de comercio electrónico, como TPV virtual o sistema paypal. La presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Almería, Pepita Ortega, ha destacado que "por parte de los usuarios hay un creciente interés por adquirir medicamentos online y así nos lo transmiten, pero hay todavía algo de desconfianza. Esta ley viene a delimitar qué establecimiento está legalizado para ello y cuál no".
Los ponentes Salvador Serrano y Luis Miguel Pérez, responsables de Protección de Datos y de Tecnologías de la Información del grupo PSN Sercon, han señalado las oportunidades que esta normativa abre para las farmacias como "la captación de nuevos clientes y la fidelización de los actuales o la venta de medicamentos aunque no se tengan en stock en el momento en el que se realiza el pedido".
Las farmacias autorizadas aparecerán también en listados que publicará la autoridad competente de cada autonomía, aún por desarrollar, a los que cualquier ciudadano podrá acceder también desde la página web de la Agencia Española del Medicamento. (Fuente: elalmeria.es)





